Por Dayana Jiménez y Álex Csta
¿Quién podría imaginar que la subida del precio del billete de Metro en Chile desataría el decreto del Estado de Excepción y el toque de queda en todo el país? El estallido y revuelo social ante una medida tan poco popular trajo consigo importantes vulneraciones de los Derechos Humanos, atacando ferozmente a la libertad de expresión de la que cualquier país democrático debería gozar. Este hecho llegó a producir, incluso, el deterioro de la libertad de prensa que, según el informe de Reporteros de Fronteras de 2019, sitúa a Chile con problemas destacables en ese campo.
Contexto y rol institucional
La libertad de expresión es un derecho recogido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948. Expone que “todo individuo tiene derecho a la libertad de expresión (…) sin ser molestado a causa de sus opiniones”. Además, el artículo 13 de la Convención Americana sobre DD.HH. reconoce “el derecho a recibir información (…) pudiendo acceder a la que está en poder del Estado”. Chile forma parte de estas dos organizaciones, por ello resulta inusual ver de una manera tan palpable el quebrantamiento de la jurisprudencia.
Para entender qué está pasando, hay que remontarse al último trimestre del año 2019. Tras las múltiples revueltas y manifestaciones producidas por la subida del precio del billete de Metro, Sebastián Piñera, presidente de Chile, decreta el Estado de Excepción y toque de queda del 18 al 27 de octubre en prácticamente todo el territorio del país. Durante estos días, varios derechos, como los de la libertad de expresión y de prensa, se ven fuertemente vulnerados. Pero esta irregularidad no concluye con la vuelta a la estabilidad constitucional: se prolonga en el tiempo, incluso hasta hoy.
Según la Fundación Datos Protegidos y el Observatorio del Derecho a la Comunicación, con la colaboración del Observatorio del Derecho a la Comunicación, se sabe que el Gobierno no ha permitido transparencia informativa durante el proceso de conflicto político-social bajo el férreo poder ejecutivo. Conocer cuál había sido el número de víctimas o heridos no era tarea fácil. Incluso fuera de ese periodo, las comparecencias públicas del Gobierno decrecían y la ausencia de información era la tónica habitual. Por su parte, el Ministerio del Interior aportaba “cifras genéricas” en las que no se concretaba de manera exhaustiva el número de detenidos, saqueos e incendios, a la vez que evitaba referenciar el número de investigaciones por “presuntas violaciones” de los DD.HH. por parte de los agentes de Seguridad. Mientras, otro ministerio, el de Sanidad, no proporcionaba datos segregados de las atenciones de urgencias o las personas hospitalizadas, en riesgo vital o fallecidas, provenientes de las manifestaciones y revueltas.
Poco ayudó también el Consejo para la Transparencia: según esta institución, la situación de inestabilidad chilena solo produjo un 30% de incidencias, transmitiendo un mensaje que invitaba a confiar en las limitadas informaciones oficiales como clave para el declive de las supuestas fake news de actores sociales e internacionales que denunciaba el Gobierno. Es curioso saber que únicamente el Instituto Nacional de Derechos Humanos fue el encargado de fiscalizar de manera eficaz al Ministerio de Salud para aclarar todos los datos. Durante este periodo, el INDH se convirtió en la única organización que difundía casos y estadísticas, de manera regular, sobre las acciones judiciales y los movimientos sanitarios de la sociedad.
Las reuniones secretas entre Gobierno y sectores empresariales y de la comunicación también pusieron en tela de juicio la credibilidad del ejecutivo. Más allá de las insuficientes informaciones y ruedas de prensas concedidas –sin permitir preguntas–, el presidente chileno y sus ministros contactaron con empresarios –mayoritariamente dueños de grandes cadenas de supermercados para garantizar los servicios– y directivos de los principales medios de comunicación afines, tanto audiovisuales como de prensa –este último es el caso de La Tercera y El Mercurio–. Cabe señalar que la publicación de estas informaciones ocurrió de manera extraoficial y accidental: los periodistas de los medios de comunicación encargados de cubrir la información del Palacio de La Moneda –sede del presidente de la República– presenciaron la salida del recinto de los empresarios y directivos citados por el ejecutivo.
Existe cierta controversia respecto al modo de comunicar a la sociedad el toque de queda y el Estado de Excepción: la Constitución recoge ambas restricciones. Sin embargo, también exige su publicación no solo mediante los medios de comunicación, tanto oralmente como en versión escrita, sino en el Diario Oficial del país. Al no verse publicada en ese boletín, cualquier incumplimiento debe considerarse falta, y nunca objeto de detención. Esta aclaración con fundamento legal no se cumplió, procediendo, por parte de los Cuerpos de Seguridad, a la detención de miles de civiles, actos actualmente en conocimiento de los tribunales de justicia.
Bloqueo y restricción de la comunicación civil
La Declaración conjunta de Relatores sobre libertad de Expresión en Internet señalaba que la libertad de expresión en Internet se aplica de igual manera que en los demás medios, pero apuntaba que “el control privado” por parte de las empresas “era uno de los principales desafíos”. El gobierno chileno, durante la máxima inestabilidad social, llevó a cabo una censura en las redes sociales de la población civil, precisamente gracias a esa gestión privada mencionada con anterioridad.
De los 283 casos de censura ya comprobados en redes sociales, la más afectada fue Instagram, con un 65,72 % de los casos; le sigue Facebook, con un 23,32 % y Twitter, con un 21,2 %. Un 54,06 % de las cuentas censuradas correspondía a personas chilenas anónimas, mientras que un 20,14 % atendía a cuentas de personajes de interés público. Entre las quejas más recurrentes, se encontraron el bloqueo o la desactivación de la cuenta y no poder subir contenido al perfil.
La gestión de las cuentas por parte de las empresas privadas –Facebook (Instagram) y Twitter–conlleva en Latinoamérica un lastre que no existe en el resto de países. Los moderadores de las redes sociales, encargados de comprobar la adecuación del contenido subido a esas redes, no residen en el país, por tanto, son desconocedores de los contextos políticos, económicos o sociales del territorio. Esto produce que, a la mínima petición, y más si se produce por parte del gobierno de la región, los contenidos sean bloqueados y, en ocasiones, los perfiles eliminados.
Medios de comunicación y periodistas: víctimas del estado de excepción.
Casos de presión sobre medios de comunicación, entre otras vulneraciones a la garantía del derecho a la libertad de expresión, provocaron despidos y llevaron a muchos periodistas a alejarse de sus funciones justo después del encuentro entre el Gobierno chileno y los canales de televisión pública y privada. Se produjeron cambios en la programación del canal público (TVN) y el Canal 1357, hubo renuncias involuntarias (Enrique Mújica, director de prensa de Canal 13), despidos (Pablo Manríquez, productor ejecutivo; Carolina Román, editora periodística en Televisión Nacional TVN; Felipe de Ruyt, subeditor de La Tercera) y numerosos despidos a periodistas a pesar del cese al Estado de Excepción el día 27 de octubre de 2019.
Tras más de 670 denuncias registradas entre el 18 de octubre y el 14 de noviembre de 2019 por la ciudadanía ante el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), el órgano realizó una declaración donde le recordó a los medios de comunicación social el deber de informar oportuna y verazmente, respetar la dignidad humana, fortalecer la democracia y la paz y dar prioridad en los programas de noticias, opinión y debate político a diversos actores de la ciudadanía, garantizando así el pluralismo. Sin embargo, los mismos medios que intentaron adoptar medidas a favor de la libertad de expresión se vieron perjudicados por los mecanismos automatizados de moderación de contenidos, como los bloqueos masivos en diferentes redes sociales que difundieran información relevante no ofrecida por los medios convencionales.
Durante el Estado de Emergencia, las autoridades militares decretaron toque de queda, restringiendo el libre tránsito con carácter general y sin exclusiones, siendo necesario solicitar un salvoconducto que autorizara a transitar durante el bloque horario de aplicación de toque de queda. Los comunicadores se vieron obligados a solicitar diariamente dicho documento en comisarías. Estas autorizaciones fueron denegadas al principio a periodistas debidamente acreditados. Después, su otorgación se restringía únicamente a realizar traslados de la sede del medio a la residencia del comunicador.
Entre la verdad y la tiranía del Estado
Periodistas sin tránsito libre para hacer reporterismo, heridos a causa del toque de queda y detenciones a periodistas por carecer de salvoconductos, entre otros motivos, fueron algunas de las causas por las que los profesionales de la información desistieron de realizar su labor; por el contrario, los periodistas, comunicadores y medios de comunicación que decidieron continuar sufrieron ataques, amenazas e intimidaciones.
Cabe destacar que sólo se reportaron cinco casos en los que las Fuerzas Armadas estuvieron implicadas, cuatro de los cuales sucedieron durante el Estado de Emergencia y otro posteriormente. Por su parte, el Observatorio del Derecho a la Comunicación otorgó cifras de las lesiones y hostigamientos a partir de diversas fuentes como noticias difundidas por medios de comunicación, testimonios, registros en redes sociales, datos facilitados por organizaciones de prensa y por los propios afectados o su medio de comunicación. Las investigaciones del ODC señalan que hubo 138 afectados de forma directa, 90 lesionados por ataques con armas, 21 víctimas por golpizas y hostigamientos, 19 detenciones y dos casos de violencia sexual entre el 28 de octubre y el 22 de noviembre del 2019.
Los empleados públicos también fueron blanco de represiones y restricciones a la libertad de expresión, con órdenes directas de sus superiores. Así lo señalan organizaciones como Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) y la Unidad de Gestión y Desarrollo de Personas del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERMANEG). Las intimidaciones con penalizaciones o represalias por su posición política se hicieron públicas gracias un correo que circuló en redes, donde rezaban frases como “no pueden generar mensajes de incitación al odio en redes sociales, en horario laboral o fuera de este”.
El ordenamiento jurídico chileno permite la aplicación del derecho penal a la calumnia e injurias contra personajes públicos. Por ello, la Relatoría Especial de la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH) recomendó despenalizar la calumnia e injuria y convertirlas en una acción de carácter civil para proteger las críticas a funcionarios públicos, figuras públicas o, en general, asuntos de interés público. Otra recomendación fue la tarea del Estado para ofrecer garantías legales para que las y los periodistas no fuesen sometidos a acoso judicial u otro tipo de hostigamiento jurídico como represalia por su trabajo.
Además de los menciones directas, la Unidad de Inteligencia de Carabineros de Chile señaló como blanco de interés a académicos, activistas y dirigentes de organizaciones de Derechos Humanos, luego de que se filtraran a la prensa unos documentos clasificados.
La fragilidad del derecho a la libertad de expresión en Chile
En su último informe sobre el programa de Derechos Humanos, función policial y orden público, el INDH alertó sobre el carácter sistemático de las agresiones y la denegación de entrada o expulsión de periodistas extranjeros. Por otra parte, la carencia de pluralismo en los medios de comunicación se hizo patente, como ilustra el caso del diario La Tercera, que pudo acceder a informes de inteligencia mientras que The Times Chile no tuvo acceso a credenciales permanentes desde el día en que comenzó el segundo gobierno del Presidente Piñera, pese a las numerosas solicitudes a la Dirección de Prensa del Gobierno.
El informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre Chile también alertó acerca de las “normativas y prácticas que suponen restricciones indebidas del goce y ejercicio efectivo del derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información en el país, como herencias de las doctrinas autoritarias del pasado”. Así, con la censura como limitante del intelecto, es posible que el estallido social emerja de la sombra de una dictadura que parecía erradicada y que el ejercicio ciudadano condena.
El Estado de Emergencia permitió demostrar esas formas de obstrucción a la información pública, que afectaron a diferentes actores sociales. Con ello, se dio paso al reconocimiento del “importante rol que cumplen los defensores de derechos humanos y los periodistas en la promoción y protección de derechos humanos en contextos de manifestaciones sociales”, según se señala en el informe.
También destacan la omisión, por parte del gobierno de Piñera, de las recomendaciones de organismos internacionales como la ONU, especialmente aquellas medidas relacionadas con “la garantía de los derechos de libertad de expresión, de asociación y de reunión pacíficas de todos los ciudadanos”, en la forma de eliminación de cuentas y contenidos en y desde las plataformas web, las cuales contenían registros audiovisuales de las situaciones de vulneración y violación de DDHH y de denuncia de lo que estaba ocurriendo bajo el toque de queda. Esto también produjo un fuerte cuestionamiento de la responsabilidad de las empresas encargadas de las plataformas web y de algunos medios de comunicación. Tras esto, y después de conocer los hechos, cabe valorar el comportamiento de estas compañías y transmisores de información con la siguiente pregunta: ¿existe complicidad o connivencia por su parte con el ejecutivo o tan solo son una víctima más de los mandatos reprobables del Gobierno de Piñera?
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