La industria audiovisual español ingresó en 2019 4.115 millones de euros, siendo las series de ficción la principal fuente de ingresos. Este sector se ha ido expandiendo con el desarrollo de las nuevas tecnologías, ampliando sus ingresos y su importancia social: los formatos audiovisuales dominan el consumo de contenidos, tanto los informativos como los de ocio. La Ley Audiovisual regula toda esta la producción televisiva: series, documentales, largometrajes, programas en directo o diferidos; más recientemente, ha incorporado las plataformas digitales de pago y regula también el mundo cinematográfico y la producción musical y de vídeos.
El pasado 3 de diciembre de 2020 se tramitó el anteproyecto de Ley General de Comunicación, que empezó a elaborarse el 6 de noviembre del mismo año. Esta Ley supone la sustitución de la anterior, la Ley 7/2010; incorpora la regulación de los servicios audiovisuales de las plataformas digitales porque, hasta el momento, solo englobaba al sector radiofónico y televisivo. Según el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la norma acabará con la dispersión legislativa: en España el sector audiovisual es regulado por seis leyes, dos órdenes ministeriales y veinticuatro reales decretos.
Regulación de las plataformas
En el artículo dos del Anteproyecto de Ley se define un servicio de comunicación audiovisual como aquel prestado para informar, entretener o educar a través de las redes de comunicaciones electrónicas, a través de programas y contenidos audiovisuales, donde se guarda una responsabilidad editorial. Engloba los servicios de televisión, radiofónicos y de Internet en una regulación pública de los servicios audiovisuales.
La nueva Ley tiene como novedad la incorporación de los contenidos audiovisuales desarrollados por las nuevas tecnologías en pie de igualdad con las obligaciones que tienen otros contenidos como los televisivos. Estas plataformas tienen la obligación de abonar el 5 % de las ganancias, como los operadores televisivos, para subvencionar las actividades audiovisuales europeas, pero quedan eximidos de contribuir con un 3 % a RTVE. Por lo tanto, la igualdad entre plataformas como Netflix y HBO con los otros proveedores de contenidos audiovisuales queda cuestionada.
Igualdad de género
Este Anteproyecto explicita obligaciones para los servicios audiovisuales en términos de igualdad de género y derechos de los menores. regula además los servicios publicitarios y promocionales, el uso de las lenguas, la veracidad de la información y el acceso al servicio de comunicación audiovisual. Modifica además el régimen sancionador diferenciando las infracciones según el grado de gravedad.
La nueva Ley Audiovisual establece un control de los contenidos; estos estarán obligados a mantener el orden social sin promover vídeos que inciten al odio, a la desigualdad, la discriminación y la exclusión. Los menores contarán con más garantías, ya que la ley obliga a que el contenido destinado a menores debe estar diferenciado, al igual que incluye el control parental y los sistemas de codificación digital. Los programas infantiles tendrán un horario especial a primera hora de la mañana, sin poder incluir escenas de violencia o pornografía.
Control de la publicidad
La publicidad queda regulada prohibiendo aquellos contenidos que generen “alarma social, angustia o temor”. Las promociones relacionadas con el juego de azar solo se podrán emitir entre la 1:00 y las 5:00. La actual ley establece que solo se puede emitir 12 minutos de publicidad por cada hora, pero esta nueva norma propone que la distribución sea por franja horaria entre las 6:00 y puede emitirse más publicidad.
Esta nueva norma en discusión desde diciembre se alinea con la nueva normativa audiovisual que lanzó el Parlamento Europeo en 2018, donde el contenido para los menores quedaba restringido para la violencia, el odio o la pornografía. La publicidad también quedaba limitada a un 20% del tiempo en emisiones entre las 6:00 y las 18:00, aunque daban libertad a cada país para elegir qué contenido podría ser anunciado. En esta norma europea se establecía que cada país debía contribuir al fomento de la producción audiovisual europeo en proporción a sus ingresos por vídeo a la carta, además de regular las nuevas plataformas digitales a nivel nacional.
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